Actualizado 2026

Finiquito por Despido Procedente (Disciplinario)

Calcula lo que te corresponde cobrar en un despido disciplinario declarado procedente.

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Cláusulas Recomendadas

Carta de despido disciplinario

La empresa debe entregar carta detallando los hechos concretos, la fecha en que ocurrieron y la fecha de efectos del despido. Sin estos requisitos formales, el despido puede ser declarado improcedente.

Audiencia previa al representante legal

Si eres representante de los trabajadores o delegado sindical, la empresa debe abrir un expediente contradictorio antes del despido. Su omisión puede anular el despido.

Plazo de prescripción de las faltas

Las faltas leves prescriben a los 10 días, las graves a los 20 días y las muy graves a los 60 días desde que la empresa tuvo conocimiento. En todo caso, prescriben a los 6 meses de haberse cometido.

Errores Comunes a Evitar
  • ×Creer que el despido disciplinario procedente no da derecho a paro.
  • ×No impugnar dentro del plazo de 20 días hábiles pensando que no merece la pena.
  • ×No exigir carta de despido con los hechos concretos y fechados.
  • ×Confundir despido disciplinario con despido objetivo (son causas diferentes).
Checklist Antes de Firmar
  • Verificar que la carta de despido detalla los hechos y sus fechas.
  • Comprobar que el finiquito incluye salario pendiente y vacaciones.
  • Confirmar que las pagas extras están prorrateadas correctamente.
  • Solicitar certificado de empresa para el SEPE (derecho a paro).
  • Valorar si impugnar: si la causa no está clara, puede ser improcedente.

Cómo funciona

1

Introduce tus fechas de empleo

Indica cuándo empezaste a trabajar y la fecha de efectos del despido.

2

Introduce tu salario bruto

Indica tu salario mensual bruto y si cobras 12 o 14 pagas.

3

Selecciona baja voluntaria como tipo de extinción

El despido disciplinario procedente no genera indemnización, igual que la baja voluntaria. El cálculo del finiquito (salario, vacaciones, pagas) es idéntico.

4

Consulta tu finiquito

Revisa el desglose: salario pendiente, vacaciones y pagas extras. Ignora la línea de indemnización (no aplica).

Preguntas frecuentes

¿Qué es un despido disciplinario procedente?

Es un despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas de asistencia, indisciplina, ofensas, etc.) que un juez ha declarado justificado. No genera derecho a indemnización.

¿Tengo derecho a cobrar algo si mi despido es procedente?

Sí, tienes derecho al finiquito: salario pendiente del último mes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras prorrateadas. Lo único que pierdes es la indemnización por despido.

¿Tengo derecho a paro con despido disciplinario procedente?

Sí. A diferencia de la baja voluntaria, el despido disciplinario (incluso procedente) da derecho a prestación por desempleo, ya que la situación legal de desempleo no es voluntaria.

¿Qué causas justifican un despido disciplinario?

El Art. 54 ET recoge: faltas repetidas de asistencia, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe, disminución continuada del rendimiento, y embriaguez habitual si afecta al trabajo.

¿Puedo impugnar un despido disciplinario?

Sí, tienes 20 días hábiles para impugnarlo. Si el juez considera que la causa no está probada, declarará el despido improcedente y tendrás derecho a indemnización de 33 días/año.

¿Qué diferencia hay entre despido procedente e improcedente?

El procedente está justificado y no genera indemnización. El improcedente no tiene causa válida y genera 33 días de salario por año. En ambos casos tienes derecho a finiquito y prestación por desempleo.

Contexto Legal

Despido disciplinario: Art. 54 y 55 del Estatuto de los Trabajadores. Si se declara procedente, no hay indemnización. El trabajador mantiene el derecho a prestación por desempleo.