Actualizado 2026

Calculadora Indemnización Poder Judicial (CGPJ) y Finiquito

Calcula la indemnización con la misma fórmula del Poder Judicial (CGPJ) y obtén el finiquito completo en un solo paso.

Sin registroResultado detalladoNormativa vigente
Cláusulas Recomendadas

Uso como alternativa informativa al CGPJ

Usa esta calculadora para obtener un desglose rápido de indemnización y finiquito. Si estás preparando una conciliación, una demanda o una negociación importante, contrasta los datos con la documentación laboral y, cuando proceda, con la herramienta oficial del CGPJ.

Datos equivalentes para comparar resultados

Para comparar con la herramienta oficial, usa las mismas fechas y el mismo salario bruto. El CGPJ indica que puede introducirse salario diario, mensual o anual y que, si es mensual, deben prorratearse las pagas extraordinarias.

Antigüedad documentada

La fecha de inicio y la fecha de finalización determinan la antigüedad del cálculo. Si hubo contratos previos, interrupciones, excedencias o periodos no computables, guarda la documentación y contrasta antes de tratar el resultado como definitivo.

Comparación con finiquito completo

La búsqueda de CGPJ suele centrarse en indemnización. Esta página añade salario pendiente, vacaciones y pagas extras para detectar si la liquidación de la empresa omite conceptos distintos de la indemnización.

Errores Comunes a Evitar
  • ×Creer que esta página es oficial del Poder Judicial o que sustituye la herramienta de poderjudicial.es.
  • ×Introducir salario neto en vez de salario bruto con pagas extraordinarias incluidas.
  • ×Comparar resultados usando fechas distintas entre esta calculadora y la herramienta oficial.
  • ×Tratar un resultado orientativo como si fuese una resolución judicial o un informe pericial.
  • ×No revisar salario pendiente, vacaciones y pagas extras porque la búsqueda inicial era solo indemnización.
  • ×Olvidar que el doble tramo (pre/post 2012) también se aplica en sede judicial.
Checklist Antes de Firmar
  • Calcular la indemnización y revisar el desglose completo del finiquito.
  • Recordar que esta herramienta es informativa y no oficial del CGPJ.
  • Confirmar el salario diario usado (bruto anual ÷ 365).
  • Si comparas con el CGPJ, usar exactamente las mismas fechas y salario bruto.
  • Comprobar la antigüedad total con contrato, vida laboral y nóminas.
  • Si hay doble tramo, verificar la fecha del 12/02/2012 como punto de corte.
  • Separar indemnización, salario pendiente, vacaciones y pagas extras antes de firmar.
Ejemplo Práctico

Una persona con salario bruto anual de 28.000 euros y 3 años completos de antigüedad tendría un salario diario aproximado de 76,71 euros. En un despido improcedente posterior a 2012, la referencia base serían 99 días de salario, unos 7.594 euros de indemnización. En un despido objetivo serían 60 días, unos 4.603 euros. A esa cifra habría que sumar, si proceden, salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extras devengadas. El resultado sigue siendo informativo y debe compararse con los documentos reales.

Cómo funciona

1

Introduce tus fechas de empleo

Indica la fecha de inicio del contrato y la fecha de despido para estimar tu antigüedad.

2

Añade tu salario bruto

Introduce salario bruto diario, mensual o anual. Si usas salario mensual, incluye las pagas extraordinarias prorrateadas para comparar con la referencia oficial.

3

Selecciona el tipo de despido

Elige improcedente (33 días/año) u objetivo (20 días/año) según tu caso.

4

Revisa el resultado no oficial

Comprueba la indemnización y el finiquito completo. Si necesitas una referencia institucional, contrasta el importe en poderjudicial.es.

Preguntas frecuentes

¿Esta calculadora es la oficial del Poder Judicial?

No. Esta página no pertenece al Poder Judicial ni al CGPJ. Es una alternativa informativa que usa reglas generales del Estatuto de los Trabajadores para estimar indemnización y finiquito completo. La herramienta oficial está en poderjudicial.es.

Fuente: CGPJ/poderjudicial.es, Art. 56.1 ET y Art. 53.1.b ET

¿Qué es la calculadora de indemnizaciones del CGPJ?

Es una herramienta oficial del Consejo General del Poder Judicial en poderjudicial.es para calcular indemnizaciones por extinción de contrato. El propio CGPJ indica que sus resultados no son vinculantes.

Fuente: CGPJ/poderjudicial.es

¿En qué se diferencia esta calculadora de la del Poder Judicial?

Esta calculadora no es oficial. Su diferencia práctica es que, además de la indemnización, muestra salario pendiente, vacaciones y pagas extras para comparar el finiquito completo antes de firmar.

Fuente: Art. 49.2 ET y CGPJ/poderjudicial.es

¿El Poder Judicial usa una fórmula distinta para la indemnización?

La base legal común es el Estatuto de los Trabajadores: 33 días por año en improcedente y 20 días por año en objetivo. La herramienta oficial del CGPJ puede incorporar criterios jurisprudenciales y supuestos específicos.

Fuente: Art. 56.1 ET, Art. 53.1.b ET y CGPJ/poderjudicial.es

¿Puedo presentar este cálculo en un juicio laboral?

El cálculo es orientativo y no es un informe oficial ni pericial. Puede ayudarte a ordenar importes y detectar diferencias, pero cualquier procedimiento depende de la documentación y de la valoración del órgano competente.

¿La calculadora del CGPJ incluye el finiquito completo?

La página del CGPJ se presenta como herramienta para calcular la indemnización por extinción del contrato. Esta página añade el desglose de finiquito: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extras devengadas.

Fuente: CGPJ/poderjudicial.es y Art. 49.2 ET

¿Cómo afecta el salario de tramitación a la indemnización?

El Art. 56.2 ET vincula los salarios de tramitación a la readmisión tras la declaración de improcedencia. Esta calculadora no los estima porque dependen del procedimiento, de la opción final y de datos que no forman parte del cálculo base.

Fuente: Art. 56.2 ET

Contexto Legal

Cálculo informativo no oficial conforme al Art. 56.1 ET (improcedente) y Art. 53 ET (objetivo). El CGPJ mantiene su propia herramienta oficial en poderjudicial.es; no existe afiliación con este sitio. No constituye asesoramiento jurídico.