Actualizado 2026

Empresa no Paga el Finiquito: Calcula y Reclama

Calcula el finiquito que la empresa no paga y revisa opciones: reclamación de cantidad, impagos, Art. 50 ET, FOGASA y documentos.

Sin registroResultado detalladoNormativa vigente
Cláusulas Recomendadas

Reclamación escrita previa

Un correo o burofax con conceptos e importes ordena el expediente y evita discusiones sobre qué se reclamó y cuándo.

Diferenciar retraso de insolvencia

Si la empresa simplemente se retrasa, se reclama a la empresa. FOGASA exige reconocimiento e insolvencia o concurso, con límites legales.

No abandonar sin asesoramiento

Si sigues trabajando y hay salarios impagados, abandonar el puesto puede perjudicarte. El Art. 50 ET exige una vía judicial para la extinción indemnizada.

Errores Comunes a Evitar
  • ×Esperar sin dejar constancia escrita del impago.
  • ×Confundir finiquito impagado con despido impugnable y perder el plazo corto.
  • ×Creer que FOGASA paga sin sentencia, conciliación o insolvencia.
  • ×No calcular vacaciones ni pagas pendientes.
Checklist Antes de Firmar
  • Calcular importe pendiente con desglose.
  • Enviar reclamación escrita a la empresa.
  • Guardar justificantes de impago.
  • Revisar si procede conciliación, demanda o FOGASA.

Cómo funciona

1

Estima el importe pendiente

Calcula salario, vacaciones, pagas e indemnización aplicable.

2

Pide pago y desglose por escrito

Deja constancia de lo reclamado y de la fecha.

3

Reúne pruebas de impago

Guarda nóminas, movimientos bancarios, mensajes y documentos firmados.

4

Valora conciliación o FOGASA

Según el caso, puede tocar reclamación de cantidad, Art. 50 ET o FOGASA.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si la empresa no paga el finiquito?

Calcula el importe, solicita el desglose por escrito y conserva pruebas. Las cantidades laborales sin plazo especial prescriben al año, pero si también hay despido debes vigilar el plazo de 20 días hábiles.

Art. 59 ET

¿Puedo extinguir el contrato si no me pagan salarios?

El Art. 50 ET permite solicitar judicialmente la extinción indemnizada cuando hay falta de pago o retrasos continuados en salarios. No abandones el puesto sin revisar el caso.

Art. 50 ET

¿Cuándo entra FOGASA?

FOGASA puede cubrir salarios e indemnizaciones reconocidos cuando hay insolvencia o concurso, con límites propios del Art. 33 ET. No paga automáticamente cualquier retraso.

Art. 33 ET

Contexto Legal

Cantidades laborales: Art. 59 ET. Falta de pago o retrasos salariales continuados: Art. 50 ET. Cobertura por insolvencia: Art. 33 ET.