Actualizado 2026

Finiquito ETT: Calculadora para Trabajo Temporal

Calcula finiquito por ETT: indemnización temporal, salario, vacaciones, pagas y derechos frente a empresa usuaria y ETT.

Sin registroResultado detalladoNormativa vigente
Cláusulas Recomendadas

Identificar al empleador real

Aunque trabajes en la empresa usuaria, tu contrato suele ser con la ETT. El finiquito y certificado de empresa deben gestionarse con quien figura como empleador.

Condiciones de la empresa usuaria

La Ley 14/1994 protege condiciones esenciales como remuneración, jornada, festivos y vacaciones. Revisa si se aplicó el salario correcto del puesto.

Indemnización temporal prorrateada

La indemnización puede aparecer prorrateada durante el contrato. Si ya se pagó mes a mes, comprueba que no falte el tramo final.

Errores Comunes a Evitar
  • ×Reclamar a la empresa usuaria sin revisar quién es empleador.
  • ×No comprobar si la indemnización temporal venía prorrateada.
  • ×Aceptar salario inferior al puesto equivalente.
  • ×No revisar vacaciones pendientes entre misiones.
Checklist Antes de Firmar
  • Revisar contrato con la ETT y puesta a disposición.
  • Calcular indemnización temporal si procede.
  • Comprobar vacaciones y pagas prorrateadas.
  • Solicitar certificado de empresa a la ETT.

Cómo funciona

1

Introduce las fechas de empleo

Indica cuándo empezaste a trabajar y cuándo finaliza tu contrato.

2

Introduce tu salario bruto

Indica tu salario mensual bruto y si cobras 12 o 14 pagas.

3

Selecciona el tipo de extinción

Elige si es despido improcedente, objetivo, baja voluntaria u otro.

4

Revisa los resultados

Consulta el desglose de tu finiquito: salario pendiente, vacaciones e indemnización.

Preguntas frecuentes

¿Quién me paga el finiquito si trabajo por ETT?

La empresa de trabajo temporal es tu empleadora y responde de obligaciones salariales y de Seguridad Social. La empresa usuaria dirige el trabajo durante la misión.

Ley 14/1994 Art. 11-12

¿Tengo indemnización al terminar por ETT?

Si el contrato temporal de puesta a disposición finaliza en los supuestos del Art. 49.1.c ET, la Ley 14/1994 reconoce la indemnización proporcional de 12 días por año o la específica aplicable.

Ley 14/1994 Art. 11, Art. 49.1.c ET

¿Las vacaciones se pagan igual?

Los trabajadores cedidos tienen derecho a condiciones esenciales equivalentes para el puesto, incluidas remuneración, jornada, descansos, vacaciones y festivos.

Ley 14/1994 Art. 11

Contexto Legal

Ley 14/1994, Art. 11, sobre derechos de trabajadores cedidos por ETT. Para contratos temporales, puede aplicar indemnización de 12 días/año en supuestos del Art. 49.1.c ET.